En resumen, el Acuerdo Ministerial 1470 entre el Ministerio de Gobierno y Ministerio de Turismo dice:

1) En bares, restaurantes, cafeterías, fuentes de soda, locales de comida rápida, discotecas, salas de bailes, peñas, salas de banquete, centros y complejos de convenciones, marinas y muelles, cantinas, night clubs, salones de billa y billares, bar restaurantes, karaokes solo se puede vender o entregar gratuitamente bebidas alcohólicas de lunes a jueves hasta las 00h00 y los viernes y sábados hasta las 02h00.

2) En tiendas de abarrotes, tiendas, comercios, comisariatos, delicatesen solo se puede vender o entregar gratuitamente bebidas alcohólicas de lunes a sábados hasta las 22h00.

3) Totalmente prohibido la venta de bebidas alcohólicas en todos los sitios de los numerales 1 y 2 los días domingos. Actualización: Se reformó este punto y los domingos, de 10:00 a 16:00, se podrá consumir vino, cerveza y chicha, pero solo en restaurantes y lugares con autorización de funcionamiento y, únicamente, como acompañante de comidas.

4) Totalmente prohibido la venta o entrega gratuita de bebidas alcohólicas en gasolineras.

5) Totalmente prohibido la venta o entrega gratuita de bebidas alcohólicas en casinos y salas de juego.

6) Totalmente prohibido la venta o entrega gratuita de bebidas alcohólicas en espectáculos o eventos públicos.